Micelio
Auto17 de mayo de 2001

A- de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Urrego Ortiz Franky·Demandado Superintendencia De Servicios Publicos Domiciliarios

Tema · dato duro
Nulidad Por Aplicación Del Decreto 1382 De 2000.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en la tutela instaurada por el ciudadano de la referencia por intermedio de apoderado en contra del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, a partir del auto dictado por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.

En consecuencia, se ordenó remitir el expediente a la mencionada sala del Tribunal para que realice el trámite que corresponda conforme a la Constitución y la Ley.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. En merito de lo expuesto, la Sala Septima de Revision de la Corte Constitucional,
  2. RESUELVE
  3. Primero. Declarar la nulidad de todo lo actuado en la accion de tutela instaurada por Mario Bernardo Olea Vega, por intermedio de apoderado, presento accion de tutela en contra del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, a partir del auto del treinta (30) de octubre de 2000, dictado por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota. En consecuencia, por Secretaria General de la Corte remitase el expediente a la mencionada sala del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, para que de manera inmediata se le imprima a la demanda de tutela el tramite que corresponda conforme a la Constitucion y la Ley.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.